Marcha en contra de la Ley de Glaciares, Congreso, CABA - 8 de abril de 2026 - foto: Cristina Sille
La normativa le da más poder a las provincias para determinar las áreas protegidas.
También permite tareas de exploración y explotación minera en el ambiente periglaciar.Con la reforma de la Ley de Glaciares que la Cámara de Diputados se apresta a aprobar, se produce una redefinición de las áreas protegidas y las zonas habilitadas para la explotación minera otorgando más poder a las provincias.
En rigor, con la modificación de la ley 26.639, aprobada en 2010 para proteger a los glaciares y a los periglaciares, los gobernadores tendrán la facultad para determinar si las zonas destinadas a la explotación minera aportan al recurso hídrico.
La nueva ley incorpora el “principio precautorio” y hace una redefinición de los glaciares y periglaciares, que con la antigua normativa eran consideradas como reservas estratégicas. Mientras que la modificación limita el alcance a aquellos glaciares que cumplen una “función hídrica efectiva” y a zonas con suelos congelados que funcionen como reguladores hídricos comprobables.
A partir de esta modificación se autoriza a las provincias a realizar actividades mineras e hidrocarburíferas en zonas periglaciares que no sean proveedoras de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.
En tanto, se mantienen prohibidas, en las áreas identificadas, la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias u obras industriales, la dispersión de contaminantes, y la construcción de obras, salvo para investigación científica o prevención de riesgos.
Además se fija que las actividades proyectadas en glaciares y ambiente periglacial estarán sujetas a Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Se aclara que las provincias serán las encargadas de determinar las actividades que impliquen una «alteración relevante» y prohibidas.
