
Finalizado el período de transición ya son efectivas las exigencias para la flota pesquera que incluyen la clasificación a bordo, uso de contenedores diferenciados y plazos para el retiro de residuos. El incumplimiento implica severas sanciones.
El incumplimiento de las disposiciones establecidas podrá derivar en multas económicas, inhabilitaciones temporarias o definitivas, y en la obligación de remediar daños ambientales si los hubiera. Las sanciones aplicables están estipuladas en una escala que contempla desde el uso de puerto hasta sanciones más severas frente a situaciones de reincidencia o falta grave.
Con la entrada en vigor del régimen sancionatorio, las empresas armadoras y tripulaciones deberán ajustar sus prácticas operativas, tanto a bordo como en la interfaz buque-puerto, para garantizar el cumplimiento de las nuevas obligaciones. El cambio normativo representa un paso relevante en la modernización ambiental del principal puerto pesquero del país