
El Ministerio de Trabajo de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso que el municipio había interpuesto para revocar el convenio colectivo que firmó la administración de Carlos Arroyo con el Sindicato de Trabajadores Municipales (STM).
La resolución lleva la firma del subsecretario de Relaciones del Trabajo, Alberto Rodríguez Reveles, y se produce luego de que el viernes el propio organismo laboral enviara el convenio para su tratamiento al Concejo Deliberante.
La cartera laboral esgrimió cuestiones formales y de fondo. Consideró la impugnación pretendida por el municipio “formalmente inadmisible” por no haber cumplido ciertos requisitos. También sostuvo que al municipio no le asiste la razón cuando plantea que el convenio debía haber tenido la firma del entonces intendente Arroyo. Puntualizó que la Ley Orgánica de las Municipalidades (LOM) “no alude a la figura del intendente como requisito esencial para el acto de gobierno atacado, sino que afirma que ‘la administración general y la ejecución de las ordenanzas corresponde exclusivamente al Departamento Ejecutivo”.
Conviene aclararlo: lo que no lleva la firma de Arroyo son el convenio y sus actas propiamente dichas, pero sí el mensaje de elevación para su registración en el Ministerio de Trabajo, que rubricó junto al secretario general del STM, Antonio Gilardi.
La controversia se produjo porque el Ministerio registró el convenio este mes, más de siete años después de haber sido enviado al organismo, en medio del conflicto entre el sindicato y el gobierno de Guillermo Montenegro. “El diablo metió la cola”, dijo el intendente, y lanzó cuestionamientos sobre el contenido del texto.